Consejo de Estado anuló la elección de Ivaldo Torres como rector de la Universidad de Pamplona

El alto tribunal concluyó que el proceso de elección vulneró principios constitucionales y que la nueva reelección no se ajustó al estatuto de la institución.

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Ivaldo Torres Chávez como rector de la Universidad de Pamplona para el período 2025-2028, al revocar la sentencia del Tribunal Administrativo de Norte de Santander que, en primera instancia, había negado las pretensiones de las demandas presentadas contra el proceso de designación.

La decisión deja sin efectos el Acuerdo 051 del 4 de diciembre de 2024, mediante el cual el Consejo Superior Universitario designó a Torres para un nuevo período al frente de la institución.

El fallo se produjo tras resolver los recursos de apelación interpuestos por los ciudadanos Martín Alberto Santos Díaz, César Augusto Parra Méndez, Javier Alberto Manrique Caballero, Yoad Ernesto Pérez Becerra, Antonio Luis García Loaiza y Óscar Fabián Cristancho Fuentes, con la coadyuvancia del exrector Pedro Nel Santafé Peñaranda.

Consejo de Estado anuló la elección de Ivaldo Torres como rector de la Universidad de Pamplona

¿Por qué se anuló la elección?

En su análisis, la Sección Quinta consideró que durante la convocatoria se establecieron requisitos que limitaron la participación de los aspirantes, al exigir que la inscripción se realizara únicamente de manera presencial en las sedes de Pamplona y Cúcuta.

Para el alto tribunal, esta condición restringió el derecho a la participación en condiciones de igualdad y desconoció el artículo 40 de la Constitución Política, razón por la cual aplicó la excepción de inconstitucionalidad e inaplicó el literal b) del artículo 27 del Acuerdo 027 de 2002, así como apartes de los Acuerdos 031 y 043 de 2024 que regulaban el proceso.

Adicionalmente, los magistrados señalaron que el Consejo Superior Universitario no podía elegir nuevamente a Ivaldo Torres para un tercer período consecutivo, debido a que el estatuto de la Universidad únicamente permitía una reelección, posibilidad que ya había sido ejercida anteriormente.

El fallo

En la parte resolutiva de la sentencia, el Consejo de Estado determinó:

  • Inaplicar por inconstitucional el literal b) del artículo 27 del Acuerdo 027 de 2002, así como apartes de los Acuerdos 031 y 043 de 2024.
  • Revocar la sentencia del 22 de enero de 2026 proferida por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.
  • Declarar la nulidad del Acuerdo 051 del 4 de diciembre de 2024, mediante el cual fue designado Ivaldo Torres Chávez como rector de la Universidad de Pamplona para el período 2025-2028.
  • Exhortar al Tribunal Administrativo de Norte de Santander para que, en adelante, resuelva todos los cargos planteados por las partes en este tipo de procesos.
  • Devolver el expediente al tribunal de origen para lo de su competencia.

¿Qué sigue para la Universidad?

Tras la decisión del Consejo de Estado, corresponderá al Consejo Superior Universitario adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad administrativa de la institución, entre ellas la designación de un rector encargado mientras se adelanta un nuevo proceso de elección.

La nueva convocatoria deberá ajustarse a los criterios fijados por el alto tribunal, eliminando las restricciones que fueron consideradas contrarias a la Constitución y garantizando igualdad de condiciones para todos los aspirantes.

La sentencia fue proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, máxima autoridad de la jurisdicción contencioso-administrativa en materia electoral, por lo que pone fin al proceso judicial relacionado con la elección del rector de la Universidad de Pamplona para el período 2025-2028.

Redacción:

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